A- de 2019
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Ministerio De Salud Y Proteccion Social
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Diferencia entre órdenes simples y complejas
- Prórroga del término para cumplimiento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de prórroga para el cumplimiento de la Sentencia SU.096/18.
El Ministerio de Salud y Protección Social le pidió a la Corporación una prórroga de dos meses para culminar las acciones emprendidas para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral tercero de la parte resolutiva de la providencia de la referencia.
Luego de corroborar que están reunidas las condiciones para otorgar la prórroga requerida, en tanto el Ministerio justificó adecuadamente su petición y demostró la pertinencia de la misma.
La Sala Plena decidió AUTORIZAR la extensión de tiempo rogada y, en consecuencia, dispuso que el término de seis meses consagrado en el numeral tercero de la parte resolutiva del fallo de unificación mencionado se entiende prorrogado hasta por cuatro meses.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. ASUMIR competencia únicamente para resolver la solicitud de prórroga del plazo dispuesto para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral
- tercero. de la parte resolutiva de la sentencia SU-096 de 2018, pedida por el Ministerio de Salud y Protección Salud en el asunto de la referencia.
- SEGUNDO. AUTORIZAR la extensión de tiempo solicitada por el Ministerio de Salud y Protección Salud para dar cumplimiento a lo ordenado en el numeral
- tercero. de la parte resolutiva de la sentencia SU-096 de 2018. En consecuencia, DISPONER que el término de seis meses consagrado en la referida orden constitucional se entiende prorrogado hasta por cuatro meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente decisión.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.